En distintas etapas de la
historia la carencia de factores sustentables generados por los sistemas vigentes, especialmente los
económicos, obligó al individuo a buscar caminos diferentes para hacerlo. Uno de ellos
fue organizarse utilizando el derecho de asociarse con fines
útiles como alternativa válida para resolver esos problemas.
Por ese motivo la
integración de las personas se dio con un fin específico: constituirse en miembro
de un grupo humano con la intención, en la mayoría de veces, para mejorar sus condiciones de vida ó
sus otras necesidades a través de una asociación colectiva; la cooperativa,
adquiriendo allí la calidad de participante de una entidad, no de cooperativista.
Pero la instalación conveniente
de esos proyectos no puede resolverse exclusivamente
con buenas intenciones, deseos ó el acuciamiento de la necesidad; para que ciertamente
funcione la entidad cooperativa se
necesita organizarla dentro de los cánones fijados por la sociedad como emprendimiento sostenible de origen social. Para
lograrlo hacía falta conocimientos y eso solo abría de conseguirse invirtiendo la ecuación a
través de la formación propia del individuo orientándolo con el fin específico, incorporando la educación cooperativa.
Esta lo llevó a ir asumiendo
en los principios cooperativos la experiencia para pensar y actuar colectivamente, evaluando sus
acciones y asociándolas en sintonía al marco incuestionable que fijan esos
preceptos; al hacerse cargo de estos conocimientos puede decirse que ese
componente de la entidad cooperativa recién comienza a adquirir la formación
necesaria para llegar a convertirse en un cooperativista; por eso decimos
siempre“que no nace, se hace”.
La reformulación de los
principios cooperativos dados en el Congreso
Centenario de la Alianza Cooperativa
Internacional realizado en Manchester en el año 1995 amplía su acepción, adecuando los mismos a una concepción más subjetiva de las necesidades de
los cooperadores, haciendo centro en las exigencias del individuo y la sociedad
en el contexto del mundo actual.
1) Libre membresía; 2)
Democracia cooperativa -un hombre, un voto-; 3) Participación económica de
todos los asociados y justicia distributiva; 4) Autonomía e independencia de
toda ingerencia política; 5) Educación, información y capacitación; 6)
Integración de la cooperación entre cooperativas y; 7) Compromiso e interés con
la comunidad.
Podríamos decir que el marco
conceptual de estos nuevos principios rompe con el paradigma individualista del
mundo moderno porque hace centro con todos sus efectos, tanto en el asociado
como en la sociedad, llevando una nueva manera de actuar al campo colectivo de
la cooperación.
Adoptar este pensamiento
modifica el aspecto cultural del individuo inculcando en él, con más razón que
nunca, el sentir solidario del acto cooperativo contribuyendo con ello a
convertirlo en una expresión distinta del vínculo de la empresa con el sector
social.
Hasta ahora hablamos de la incidencia
de la educación en el asociado de una
entidad cooperativa para que cumpla su función de adherente a un sistema sin
fines de lucro en el papel de obtener los diversos servicios que esta preste;
pero las cooperativas en su organización constitutiva tienen un estatuto y de
acuerdo a ellos deben ser regidas por un
consejo de administración salido de las filas de los asociados, que tienen que
cumplir en la práctica con la administración de la
entidad, colectivamente, en la función para lo cual se los designen y por lo
tanto serán los encargados de la gestión de la misma.
Esos consejeros habrán de
capacitarse para cumplir su gestión y para su formación, si es que no la
tienen, es muy probable que necesiten adquirir conocimientos administrativos
propios de la empresa a asumir que deben estar en consonancia con la esencia de la propiedad cooperativa; es dable admitir
que esa capacitación debe provenir indefectiblemente a través de la educación
cooperativa orientada con esos fines.
Segundo
Camuratti
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