En distintos momentos de la historia la carencia de factores sustentables generados por los sistemas vigentes, especialmente los económicos, obligó al individuo a buscar caminos diferentes para hacerlo. Uno de ellos fue organizarse utilizando el derecho de asociarse con fines útiles como alternativa válida para resolver esos problemas.
Por ese motivo la integración de las personas se dio con un fin específico: constituirse en miembro de un grupo humano con la intención, en la mayoría de veces, para mejorar sus condiciones de vida ó resolver sus otras necesidades a través de una asociación colectiva; la cooperativa, adquiriendo allí la calidad de participante de una entidad, no de cooperativista.
Pero la instalación conveniente de esos proyectos no pueden realizarse exclusivamente con buenas intenciones, deseos ó el acuciamiento de la necesidad; para que ciertamente funcione la entidad cooperativa se necesita organizarla dentro de los cánones fijados por la sociedad como emprendimiento sostenible de origen social. Para lograrlo hacía falta conocimientos y eso solo abría de conseguirse invirtiendo la ecuación a través de la formación propia del individuo orientándolo con el fin específico, incorporando la educación cooperativa.
Esta lo llevó a ir asumiendo en los principios cooperativos la experiencia para pensar y actuar colectivamente, evaluando sus acciones y asociándolas en sintonía al marco incuestionable que fijan esos preceptos; al hacerse cargo de estos conocimientos puede decirse que ese componente de la entidad cooperativa recién comienza a adquirir la formación necesaria para llegar a convertirse en un cooperativista; por eso decimos “que no nace, se hace”.
La reformulación de los principios cooperativos dados en el Congreso Centenario de la Alianza Cooperativa Internacional realizado en Manchester en el año 1995 amplía su acepción, adecuando los mismos a una concepción más subjetiva de las necesidades de los cooperadores, haciendo centro en las exigencias del individuo y la sociedad en el contexto del mundo actual.
1) Libre membresía; 2) Democracia cooperativa -un hombre, un voto-; 3) Participación económica de todos los asociados y justicia distributiva; 4) Autonomía e independencia de toda ingerencia política; 5) Educación, información y capacitación; 6) Integración de la cooperación entre cooperativas y; 7) Compromiso e interés con la comunidad.
Podríamos decir que el marco conceptual de estos nuevos principios rompe con el paradigma individualista del mundo moderno porque hace centro con todos sus efectos, tanto en el asociado como en la sociedad, llevando una nueva manera de actuar al campo colectivo de la cooperación.
Adoptar este pensamiento modifica el aspecto cultural del individuo inculcando en él, con más razón que nunca, el sentir solidario del acto cooperativo contribuyendo con ello a convertirlo en una expresión distinta del vínculo de la empresa con el sector social.
Hasta ahora hablamos de la incidencia de la educación en el asociado de una entidad cooperativa para que cumpla su función de adherente a un sistema sin fines de lucro en el papel de obtener los diversos servicios que esta preste; pero las cooperativas en su organización constitutiva tienen un estatuto y de acuerdo a ellos deben ser regidas por un consejo de administración salido de las filas de los asociados, que tienen que cumplir en la práctica con la administración de la entidad, colectivamente, en la función para lo cual se los designen y por lo tanto serán los encargados de la gestión de la misma.
Esos consejeros habrán de capacitarse para cumplir su gestión y para su formación, si es que no la tienen, es muy probable que necesiten adquirir conocimientos administrativos propios de la empresa a asumir que deben estar en consonancia con la esencia de la propiedad cooperativa; es dable admitir que esa capacitación debe provenir indefectiblemente a través de la educación cooperativa orientada con esos fines.
Segundo Camuratti (Continuará)
Por ese motivo la integración de las personas se dio con un fin específico: constituirse en miembro de un grupo humano con la intención, en la mayoría de veces, para mejorar sus condiciones de vida ó resolver sus otras necesidades a través de una asociación colectiva; la cooperativa, adquiriendo allí la calidad de participante de una entidad, no de cooperativista.
Pero la instalación conveniente de esos proyectos no pueden realizarse exclusivamente con buenas intenciones, deseos ó el acuciamiento de la necesidad; para que ciertamente funcione la entidad cooperativa se necesita organizarla dentro de los cánones fijados por la sociedad como emprendimiento sostenible de origen social. Para lograrlo hacía falta conocimientos y eso solo abría de conseguirse invirtiendo la ecuación a través de la formación propia del individuo orientándolo con el fin específico, incorporando la educación cooperativa.
Esta lo llevó a ir asumiendo en los principios cooperativos la experiencia para pensar y actuar colectivamente, evaluando sus acciones y asociándolas en sintonía al marco incuestionable que fijan esos preceptos; al hacerse cargo de estos conocimientos puede decirse que ese componente de la entidad cooperativa recién comienza a adquirir la formación necesaria para llegar a convertirse en un cooperativista; por eso decimos “que no nace, se hace”.
La reformulación de los principios cooperativos dados en el Congreso Centenario de la Alianza Cooperativa Internacional realizado en Manchester en el año 1995 amplía su acepción, adecuando los mismos a una concepción más subjetiva de las necesidades de los cooperadores, haciendo centro en las exigencias del individuo y la sociedad en el contexto del mundo actual.
1) Libre membresía; 2) Democracia cooperativa -un hombre, un voto-; 3) Participación económica de todos los asociados y justicia distributiva; 4) Autonomía e independencia de toda ingerencia política; 5) Educación, información y capacitación; 6) Integración de la cooperación entre cooperativas y; 7) Compromiso e interés con la comunidad.
Podríamos decir que el marco conceptual de estos nuevos principios rompe con el paradigma individualista del mundo moderno porque hace centro con todos sus efectos, tanto en el asociado como en la sociedad, llevando una nueva manera de actuar al campo colectivo de la cooperación.
Adoptar este pensamiento modifica el aspecto cultural del individuo inculcando en él, con más razón que nunca, el sentir solidario del acto cooperativo contribuyendo con ello a convertirlo en una expresión distinta del vínculo de la empresa con el sector social.
Hasta ahora hablamos de la incidencia de la educación en el asociado de una entidad cooperativa para que cumpla su función de adherente a un sistema sin fines de lucro en el papel de obtener los diversos servicios que esta preste; pero las cooperativas en su organización constitutiva tienen un estatuto y de acuerdo a ellos deben ser regidas por un consejo de administración salido de las filas de los asociados, que tienen que cumplir en la práctica con la administración de la entidad, colectivamente, en la función para lo cual se los designen y por lo tanto serán los encargados de la gestión de la misma.
Esos consejeros habrán de capacitarse para cumplir su gestión y para su formación, si es que no la tienen, es muy probable que necesiten adquirir conocimientos administrativos propios de la empresa a asumir que deben estar en consonancia con la esencia de la propiedad cooperativa; es dable admitir que esa capacitación debe provenir indefectiblemente a través de la educación cooperativa orientada con esos fines.
Segundo Camuratti (Continuará)